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LEGAM 2026: qué cambia realmente para ayuntamientos, promotores, arquitectos y consultoras ambientales en Andalucía

El Parlamento de Andalucía ha aprobado la Ley 2/2026 para la Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM), una norma que sustituye a la histórica Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) y que entrará en vigor el próximo 20 de junio de 2026. La nueva ley supone la actualización más importante del marco ambiental andaluz de las dos últimas décadas, adaptando la normativa autonómica a los cambios producidos en la legislación estatal y europea en materias como evaluación ambiental, residuos, calidad del aire, economía circular y prevención ambiental.

¿Por qué se sustituye la GICA?

Cuando la Ley GICA fue aprobada en 2007, el contexto normativo era muy diferente al actual. Desde entonces se han producido importantes modificaciones en la legislación estatal y comunitaria, entre ellas:

  • La Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
  • La Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
  • Diversas modificaciones en materia de calidad del aire, prevención ambiental y economía circular.
  • Los recientes procesos de simplificación administrativa impulsados por la Junta de Andalucía.

La LEGAM nace precisamente para adaptar el sistema andaluz a este nuevo escenario, reforzando la seguridad jurídica, reduciendo duplicidades y agilizando los procedimientos ambientales.

Una nueva planificación ambiental para Andalucía

Entre las principales novedades institucionales destacan:

  • La creación de la Estrategia Marco de Medio Ambiente, como instrumento de planificación estratégica de referencia.
  • La creación del nuevo Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía, que sustituirá al actual Consejo Andaluz del Medio Ambiente.
  • El refuerzo de la participación ciudadana mediante un Registro de Personas Interesadas en procedimientos ambientales.
  • La consolidación de principios como la ecoeficiencia, el uso racional de los recursos naturales y la economía verde y circular.

Las 7 novedades que más afectarán a los proyectos

1. La Licencia Ambiental sustituye a la Calificación Ambiental

La tradicional Calificación Ambiental desaparece y es reemplazada por la nueva Licencia Ambiental de competencia municipal. El plazo máximo de resolución se fija en tres meses. Para los ayuntamientos supondrá la adaptación de procedimientos y criterios técnicos, mientras que para promotores y proyectistas implicará revisar el instrumento aplicable a cada actividad.

2. Nace la Autorización Ambiental Unificada Simplificada (AAUS)

La nueva AAUS se incorpora como instrumento específico de prevención ambiental. Además, muchas actuaciones que anteriormente se tramitaban mediante Calificación Ambiental pasarán a resolverse por la Junta de Andalucía mediante este nuevo procedimiento.

3. Aparece la Declaración Responsable de Efectos Ambientales (DR-EA)

La ley amplía el número de actividades que podrán tramitarse mediante declaración responsable. Esto permitirá simplificar procedimientos para determinadas actuaciones de menor incidencia ambiental y reducir cargas administrativas.

4. Se reducen los plazos de tramitación

La LEGAM establece nuevos plazos máximos:

  • 6 meses para la Autorización Ambiental Integrada (AAI).
  • 6 meses para la Autorización Ambiental Unificada (AAU).
  • 5 meses para la Autorización Ambiental Unificada Simplificada (AAUS).
  • 3 meses para la Licencia Ambiental.
  • Efectos inmediatos para la Declaración Responsable de Efectos Ambientales.

5. Se incorpora la tramitación urgente

La nueva ley permite tramitar determinados procedimientos ambientales por vía urgente. En estos casos, los plazos administrativos podrán reducirse a la mitad, salvo aquellos relacionados con la presentación de solicitudes y recursos.

6. Nuevos documentos técnicos obligatorios

La LEGAM introduce nuevas obligaciones técnicas que deberán integrarse en determinados proyectos. Entre ellas destacan:

  • Memoria de prevención de la contaminación lumínica. Obligatoria para instalaciones y dispositivos de iluminación exterior. Especialmente relevante para: Urbanizaciones, Hoteles, Centros logísticos, Equipamientos deportivos e Instalaciones industriales.

  • Estudio acústico: Será obligatorio para actuaciones que constituyan fuentes de ruido o vibraciones. Afectará a numerosos proyectos industriales, terciarios, hoteleros, logísticos y de infraestructuras.

7. Mayor control ambiental y responsabilidad de los operadores

La ley refuerza la responsabilidad ambiental de los operadores económicos. Entre otras obligaciones, determinadas actividades deberán disponer de:

  • Análisis de riesgos medioambientales.
  • Garantías financieras para prevenir y reparar daños ambientales.
  • Sistemas de control y seguimiento más robustos.

Asimismo, se refuerzan las labores de inspección, vigilancia y control ambiental.

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